Lo relevante de 2017: Centenario de la Constitución mexicana
La Constitución: retrospectiva y prospectiva.
“Una constitución no debe de ser de ninguna manera un texto para expertos. Las constituciones son sólo enunciados generales de los cuales se desprende todo el sistema legal. Deben ser accesibles para todos los ciudadanos, porque es la forma de entender cómo funciona el sistema de su Estado”. Diego Valadés, Instituto de Investigaciones Jurídicas,UNAM.
Este año, con motivo de los 100 años de la promulgación de la Constitución mexicana de 1917, el Congreso declaró el 2017 como Año del Centenario de nuestra carta magna. A lo largo del año, se realizaron foros de análisis y reflexión sobre su trascendencia, cambios históricos y limitaciones, por ello Ciencia UNAM destaca esta conmemoración en lo relevante de 2017.
Considerada una de las ocho más antiguas del planeta, esta constitución es además la segunda más antigua proveniente de un estado republicano; la primera es la de Estados Unidos y las otras seis corresponden a sistemas monárquicos.
En la historia de nuestro país se tiene registrada la existencia de siete constituciones. Dos de ellas se dieron en épocas imperiales, una con Agustín de Iturbide y otra con Maximiliano; fueron cartas otorgadas por el monarca, no las formuló un congreso constituyente. Las cinco constituciones restantes fueron promulgadas en 1824, 1836, 1843, 1857 y 1917.
Las tres primeras establecían una especie de inmutabilidad de la constitución, es decir, determinaban que las constituciones no podían ser reformadas, sino después de algunos años, incluso llegaron a establecer que había normas que nunca podían ser reformadas, sobre todo la que establecía la obligatoriedad de la religión católica para todos los mexicanos.
Esto dificultaba al máximo poder reformar la constitución y mejor se creaban otras. Para la constitución de 1857 esto cambió, ya que se estableció que no debía ser inamovible. Esto permitió que la Constitución de 1857 durara 60 años, hasta 1917, y que fuera reformada en el curso de sus años de vigencia en 25 ocasiones.
“Se encontró que la capacidad de adecuación de la Constitución a las nuevas demandas y a las nuevas necesidades surgidas de la sociedad o de la política, pudieran irse acomodando y perfilando el contenido de la constitución”, explicó el doctor Valadés.
El universitario considera que a pesar de que el ambiente en el que funcionó la constitución de 1857 fue de extrema violencia, también fue la más democrática, pues le daba mayores atribuciones al sistema representativo y permitía que los funcionarios que ejercían el poder del gobierno, incluido el presidente, fueran responsables de sus actos en el orden político y ante el Congreso, entre otros aspectos.
Su legado.
La constitución de 1917 fue el resultado de una revolución que se llamó a sí misma constitucionalista y que fue encabezada por Venustiano Carranza en 1913. Esta carta magna surge como respuesta al gobierno de Victoriano Huerta, quien había desconocido al presidente y al vicepresidente, Francisco I. Madero y Pino Suárez, respectivamente, aprehendiéndolos y asesinándolos.
Este hecho rompió con el orden constitucional. Pero cuando Venustiano Carranza postula su Plan de Guadalupe, en marzo de 1913, reivindica el derecho del pueblo, a partir del artículo 136 constitucional, para reestablecer la vigencia de la Constitución.
Con el triunfo del constitucionalismo se crea el Congreso Constituyente, convocado para reformar la constitución de 1857 por múltiples razones, una de ellas es porque era necesario atender exigencias de naturaleza social. Así, en 1917 se aprueba la Constitución en Querétaro, cuyo título dice “Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que reforma la de 5 de febrero de 1857”.
De hecho, nuestra legislatura actual tiene su antecedente histórico en 1857 y no en 1917. “De esta forma se buscó un elemento jurídico y simbólico que le daba continuidad a la constitución. Esto no quiere decir que la Constitución de Querétaro no sea una nueva constitución, que no sea un texto diferente, en efecto recogió más de una treintena de preceptos literales procedentes de 1857, pero su estructura cambió radicalmente”, recordó el investigador.
Uno de los principales cambios fue que se incorporaron normas de carácter social, además de que se estableció, en el artículo tercero, el Estado laico mexicano. “La constitución puso en movimiento a la sociedad que exigió sus derechos. ¿Qué significó?: que la sociedad interiorizó el alcance y el sentido de la Constitución”.
Sin embargo, un déficit de la constitución de 1917 que persiste 100 años después –dijo Valadés, es el democrático, ya que ésta no era un documento democrático. Esto porque se buscó la creación de un presidencialismo fuerte, a través de otorgarle al mandatario de la República ser la primera autoridad agraria, educativa y laboral, lo cual se combinó con factores de carácter social. Uno de ellos: la incapacidad de la sociedad para evitar la distorsión de su voto.
La prospectiva.
Con el establecimiento del presidencialismo fuerte, las facultades presidenciales en la propia constitución fueron creciendo. Sin embargo, en 1977, 60 años después de ser aprobada la carta magna, se dio una reforma política y se empezó a dar un mayor pluralismo en el Congreso.
“En 1961 solamente había un diputado de oposición y ningún senador. Entonces se inventó un sistema que se llamó de diputados de partido, que palió la situación de 1965 a 1977 y durante 12 años se consiguió dar espacios a la oposición. En 1977 se establecen 300 diputados de mayoría y 100 de representación proporcional y en 1986 se ampliaron los de representación proporcional de 100 a 200, que es lo que tenemos hoy”, comentó el jurista.
Como producto de estos cambios, hoy persiste un déficit de gobernabilidad que se refleja en todos los órdenes de la vida social: en una incapacidad para una redistribución adecuada de la riqueza, en el aumento del número de pobres, de violencia, de corrupción y la impunidad.
Al respecto, planteó la construcción de instituciones que permitan que las normas realmente se cumplan. Dijo que esto se construye estableciendo formas de responsabilidad política, es decir, que los funcionarios en cargos públicos respondan ante los órganos de representación política y que éstos puedan evaluar el desempeño de los que ejercen el gobierno.
Además, recordó que una de las propuestas surgidas del Instituto de Investigaciones Jurídicas, consiste en reordenar y considerar el texto constitucional, para hacerlo más legible y más accesible al ciudadano que no sea experto en derecho.
De esta manera, dentro de la prospectiva constitucional, concluyó el doctor Valadés, es necesario impulsar los cambios que sí permitan que un sistema constitucional democrático dé al país las respuestas que se necesitan en el orden de recuperar la vocación social del Estado mexicano y la gobernabilidad pérdida desde hace algunos años.
Fuente: La Constitución: retrospectiva y prospectiva, conferencia presentada por el doctor Diego Valadés, el 9 de noviembre de 2017, en la Facultad de Química, UNAM.
- La constitución ha sido reformada por 232 decretos. Sólo 21 de los 136 artículos no han sido reformados nunca. En 1917 la constitución consistía en 22 mil palabras, hoy en cerca de 68 mil.
- De las constituciones nacionales, la segunda más extensa del mundo es la mexicana, la primera es la de India con más de 100 mil palabras.
Por María Luisa Santillán.
Sitio Fuente: Ciencia UNAM