Por una justicia sostenible: un juez español de visita en la Corte Interamericana de Derechos Humanos

    DERECHOS HUMANOS.

    Este artículo es cortesía de David Ordóñez Solís, Magistrado, doctor en Derecho, miembro de la Red Judicial española de Expertos en Derecho de la Unión Europea y de la -Comisión Iberoamericana de Ética Judicial.

    La Unesco y la Red Iberoamericana de Escuelas Judiciales, con el apoyo del Reino de Suecia, distinguieron en Lima el 9 de noviembre de 2017 el ensayo que presenté titulado "Por una justicia sostenible en un mundo en cambio" y cuyo premio consistió en una breve estancia en la Corte Interamericana de Derechos Humanos, con sede en San José de Costa Rica.

    La idea que expresa mi breve reflexión está inspirada por una de las alegorías jurídicas más famosas de la literatura francesa, escrita en 1962 por Jean Rivero y donde da cuenta de la visita a París, invitado también por la Unesco, de un indio de la tribu de los hurones del Canadá, con el fin de aprender cómo impartía la justicia administrativa el Consejo de Estado francés, una de las más sublimes instituciones de control del poder creado por Napoleón Bonaparte.

    La moraleja de la historia del prestigioso profesor consiste en que la justicia, en tanto no contribuya a resolver los problemas cotidianos de los ciudadanos, no merece ninguna consideración. De hecho, el juez de la antigua colonia francesa le fue formulando a su anfitrión, desde el aeropuerto hasta el hotel, algunas cuestiones básicas para las que, sin embargo, no obtuvo respuestas satisfactorias de la 'justicia europea' y que, sin embargo, la justicia ya tenía bien resueltas, por aplicación del sentido común. En tres pinceladas geniales se aprecian las deficiencias (en cuanto a las medidas suspensivas o a la ejecución de las decisiones judiciales) del sistema francés supuestamente más avanzado y que el indio pretendía estudiar. Es en ese momento cuando el becario comprende la inutilidad de su visita hasta el punto de que decepcionado se vuelve al día siguiente a América y sin haber visitado siquiera la Tour Eiffel.

    En un mundo en vertiginoso cambio se necesita una justicia acorde y sus características son sumamente sencillas: un entorno pacífico, unos derechos fundamentales y unos jueces imparciales. Se trata, en definitiva, de diseñar o de adaptar las instituciones con el fin de que contribuyan al desarrollo humano de los países y, en particular, de sus ciudadanos. De hecho, en 2015 la ONU puso en marcha la Agenda 2030, uno de cuyos objetivos, el 16, pretende: «Promover sociedades pacíficas e inclusivas para el desarrollo sostenible, facilitar el acceso a la justicia para todos y construir a todos los niveles instituciones eficaces e inclusivas que rindan cuentas».

    A partir de estas ideas y del mismo modo que autores tan destacados como Amartya Sen en el ámbito de la economía, puede construirse un concepto de justicia sostenible que, inspirado en el Informe Brundtland de 1987, la considere como institución o procedimiento que solucione las controversias del presente sin comprometer la resolución de los litigios a los que se deban enfrentar las generaciones futuras. Y es en este contexto en el que a partir de la segunda mitad del siglo XX se ha desarrollado tanto en Europa como en América, y más recientemente en África, una justicia supranacional que tiene como objetivo fortalecer el proceso de universalización de los derechos humanos y perfeccionar la tutela de los derechos de los ciudadanos.

    En mi estancia en San José de Costa Rica he podido comprobar que el sistema interamericano de protección de los derechos humanos, a semejanza de lo que ha hecho el Tribunal Europeo de Derechos Humanos desde Estrasburgo, constituye una baza esencial para la mejora del bienestar de todos los ciudadanos y de cumplir los objetivos del desarrollo sostenible.

    Pero también la Corte Interamericana es un exponente de la propia realidad cultural y de la idiosincrasia latinoamericana. Una cultura más homogénea que la europea y que ha adoptado unas soluciones, especialmente en lo que se refiere a la adopción de medidas provisionales y al aseguramiento del cumplimiento de las decisiones judiciales, que enriquecen el acervo judicial conseguido tan eficazmente en Estrasburgo. Y así lo pude comprobar en vivo en el desarrollo y en la solución de dos asuntos significativos.

    Por una parte, en la sentencia hecha pública durante mi estancia en el caso Lagos del Campo vs Perú la Corte Interamericana ampara a un trabajador que en su condición de representante sindical había denunciado irregularidades de su empresa y por las cuales había sido despedido. La Corte, inspirándose expresamente en la jurisprudencia europea, considera que "el ámbito de protección del derecho a la libertad de pensamiento y expresión resulta particularmente aplicable en contextos laborales [por lo que] el Estado debe no sólo respetar dicho derecho sino también garantizarlo, a fin de que los trabajadores o sus representantes puedan también ejercerlo". La dimensión social de los derechos fundamentales será un ámbito especialmente fecundo para la aplicación de la Convención interamericana.

    Por otra parte, resulta revelador y esperanzador observar cómo en la audiencia del caso Selvas Gómez vs México, la Corte Interamericana escuchaba con tanta solemnidad como cercanía las alegaciones de la Comisión, del Gobierno mexicano y, de manera especial, de las víctimas de unos hechos dolorosos ocurridos en mayo de 2006 en San Salvador Atenco en el que se hacen acusaciones de tortura y vejaciones en especial contra las mujeres por parte de la policía.

    Si Thomas Hobbes hubiese podido leer la sentencia Lagos del Campo vs Perú y si hubiese acudido a la audiencia del caso Selvas Gómez vs México habría quedado conmocionado por los avances en una sociedad más democrática: cómo se ha transformado el Estado soberano, cómo también el Leviatán puede ser desafiado ante una Corte de justicia debido, precisamente, a que hemos convencido a los Estados de que limitando sus tradicionales privilegios e inmunidades y sometiendo sus poderes soberanos al Derecho logramos una sociedad mejor para todos.

    Ciertamente no tuve tiempo de admirar la naturaleza prodigiosa de América, en el Perú ni en Costa Rica, aunque, en realidad, el mismo día de mi llegada a San José sintiese el estremecimiento provocado por el choque de las placas tectónicas del Pacífico y del Caribe. Sin embargo, desde América, casi doscientos años después y como un modesto aprendiz de Alexis de Tocqueville, puedo vislumbrar los cambios paulatinos que para la paz, la justicia y la igualdad implica el mantenimiento de un sistema interamericano de protección de judicial de los derechos humanos.

    En resumidas cuentas, el indicador de que todas estas instituciones, incluidas la Unesco, la Red Iberoamericana de Escuelas Judiciales y la Corte Interamericana, y de todos estos procedimientos, en especial los jurisdiccionales, son útiles para la sociedad ya lo apuntaba Jean Rivero con la candidez del sentido común: «la justicia está hecha para el justiciable y su valor se mide en términos de vida cotidiana porque no nos interesa tanto el desarrollo del Derecho sino la protección eficaz que nos brinda».

    Sitio Fuente: UNESCO

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